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      El Gobierno flexibilizó el ingreso al país de productos cosméticos y de higiene para uso personal

      • Lo hizo a través de la disposición 3562/2025 de la ANMAT, publicada en el Boletín Oficial.
      • Hace poco más de una semana, había simplificado la compra de alimentos importados.
      • Cuáles son los nuevos artículos que ya no necesitarán autorización de ese organismo para ingresar al país.

      El Gobierno flexibilizó el ingreso al país de productos cosméticos y de higiene para uso personalLa medida abarca a productos cosméticos y productos de higiene oral de uso odontológico, entre otros artículos.
      Redacción Clarín

      A tono con las últimas medidas tomadas para flexibilizar la economía y facilitar la importación de ciertos artículos, el Gobierno informó que ya no tendrá intervención en los trámites relacionados con gestiones por s directos como la solicitud de autorización de ingreso al país para uso personal de productos cosméticos y de higiene personal, entre otros.

      Lo hizo a través de la Disposición 3562/2025 de la istración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de la titular del organismo, Nélida Agustina Bisio.

      Según se aclara en el texto, la normativa se dictó “a fin de promover la simplificación de procesos y la eficiencia en la gestión pública” y con la decisión de “implementar mecanismos de desregulación mediante la simplificación de trámites tendientes optimizar recursos y agilizar procesos, ofreciendo un balance razonable entre la libertad del y la agilidad operativa, no siendo necesaria a esos fines la intervención de esta istración Nacional”.

      Según se detalló en el artículo 1° de aquel documento, la Disposición abarca a productos cosméticos, productos domisanitarios de libre venta y productos de higiene oral de uso odontológico (incluidas las pastas dentales y enjuagues bucales).

      También están incluidos y productos higiénicos descartables de uso externo (pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna, entre otros), productos higiénicos descartables de uso intravaginal (tampones) y productos higiénicos de uso intravaginal (colectores del flujo menstrual incluída la copa menstrual).

      A su vez, quedó “prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita” de esa clase de artículos y se aclaró que su “importación y uso posterior quedan bajo la exclusiva responsabilidad del , quien asume los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de su adquisición y uso”.

      La Disposición comenzó a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

      Hace poco más de una semana, el Gobierno había simplificado los trámites para ingresar alimentos desde el exterior. Con la nueva normativa, en la práctica cualquier persona va a poder comprar alimentos en el exterior por courier exactamente de la misma manera en que compra un celular o ropa.

      Hasta ese momento, estaba permitido que un individuo comprara alimentos afuera a través de una web, pero tenía que completar un trámite en la ANMAT. Con este cambio, ese trámite se eliminó y solamente hay que cumplir con los requerimientos de Aduana, como con cualquier otra compra.

      ES