El proyecto del "Principio de Inocencia Fiscal", tal como lo bautizó el Gobierno, tiene entre sus principales objetivos "blindar" a los ahorristas ante futuras istraciones para que puedan disponer de sus fondos sin declarar, sin tener que demostrar su origen.
En esa línea, se elevaron los montos a partir de los cuales se persiguen los delitos penales tributarios, se reducen los plazos de prescripción de las obligaciones y se crea un régimen simplificado de Ganancias con ciertas condiciones de .
Delitos tributarios
- Evasión Simple: Monto mínimo pasa de $1.500.000 a $100.000.000
- Evasión Agravada: Monto: de $15.000.000 a $ 1.000 millones de pesos.
- Utilización fraudulenta de exenciones, desgravaciones, diferimientos, reducciones u otros beneficios fiscales: pasa de $2.000.000 a $ 200.000.000
- Utilización de facturas y/o documentos apócrifos: de $ 1.500.000 a $ 100.000.000
- Aprovechamiento Indebido de Beneficios Fiscales Monto de $1.500.000 pasa a 100.000.000
Delitos de la seguridad social
- Evasión Simple: pasa de $200.000 a 7.000.000
- Evasión Agravada: de $1.00.000. a 35.000.000
- Apropiación Indebida de Recursos de la Seguridad Social Monto de $100.000 a $3.500.000.
Delitos fiscales comunes
- Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: pasa de $ 500.000 a $ 20.000.000 por cada ejercicio anual y de $ 100.000 a $ 3.500.000 por mes.
Dispensa de la denuncia penal
ARCA no hará una denuncia penal si se cancelan la deuda y los intereses antes de que la formule. Esta excepción se concede una sola vez por contribuyente. Si ya se realizó la denuncia penal, se extinguirá la acción si se paga la deuda, los intereses y un 50% adicional dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la imputación.
Lo que se busca es facilitar el pago de lo adeudado con sus intereses, evitando las consecuencias penales. "Actualmente la ley prevé el beneficio que permite evitar la acción penal cancelando la deuda y sus intereses por única vez. Con el cambio propuesto, el contribuyente podrá seguir haciendo uso del instituto una vez realizada la denuncia, aunque pagando un importe adicional del 50% de la suma total (deuda + intereses+ multas)", señalaron fuentes de ARCA.
Prohibición de la extinción de la acción penal por conciliación o reparación integral del perjuicio
Hoy, la reparación integral que prevé el Código Penal requiere que esta se proponga en el marco de un proceso judicial y se homologue por el juez, dilatando el proceso. Este artículo funciona como incentivo a pagar el adicional del 50% y ahorrar el proceso penal, ya que el contribuyente no podrá dilatar el proceso utilizando ese instituto. De esa manera, se refuerza la persecución penal al eliminar acuerdos extrajudiciales.
Prescripción de facultes de ARCA
- La acción penal en materia tributaria y de seguridad social no podrá proseguir cuando haya prescripto las facultades de ARCA para determinar los tributos/recursos correspondientes.
Excepciones para la denuncia penal
Se incorporan dos nuevos supuestos en los que ARCA no deberá formular denuncia penal (ambos sin necesidad de un dictamen jurídico previo, sumado a las dos actuales que si lo requieren):
- Cuando el contribuyente haya justificado, en forma fundada, el criterio interpretativo y/o técnico-contable utilizado para liquidar el impuesto.
- Cuando presente declaraciones juradas originales o rectificativas antes de ser notificado del inicio de una fiscalización.
Plazo de prescripción
Se reduce de 5 años a 3 años en materia tributaria solamente para contribuyentes inscriptos que hubieren presentado en término la declaración jurada del nuevo régimen simplificado de Ganancias. Y se reduce de 10 a 5 años en materia de Seguridad Social y Obras Sociales.
Régimen de Declaración Jurada simplificada de Ganancias
Es aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos totales de hasta 1.000 millones y patrimonio de hasta $ 10.000 millones, no clasificados como "grandes contribuyentes".
- Se establece el efecto liberatorio del pago si se acepta el contenido de la DDJJ propuesta por ARCA y se realiza el pago en término, salvo fraudes.
- Se presume la exactitud de las DDJJ de Ganancias y de IVA no prescriptas, salvo discrepancias significativas.
- Las discrepancias permiten fiscalizar períodos no prescriptos, con excepciones.
Provincias
Invita a provincias y CABA a adoptar regímenes simplificados.
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